La Alcaldía de Villavicencio pagó más de $8.000 millones en sobresueldos a funcionarios entre 2019 y 2024, ignorando la ley y la Constitución.
La Contraloría Municipal de Villavicencio reveló un grave hallazgo: durante el periodo de 2019 a 2024, la Alcaldía pagó sobresueldos por más de $8.000 millones a sus funcionarios, en un acto que contraviene la Constitución y la legislación vigente. Esta situación se dio a conocer tras tres denuncias ciudadanas que motivaron a este órgano de control fiscal a investigar y analizar el marco normativo que regula estas remuneraciones.
El informe indica que los pagos de sobresueldo fueron realizados basándose en el Acuerdo Municipal N° 018 del 30 de noviembre de 2003, sin contar con el sustento normativo necesario. Según la Contraloría, "las autoridades territoriales no tienen competencia alguna para crear prestaciones sociales o beneficios laborales, atribución que corresponde exclusivamente al Congreso de la República".
La ley 4 de 1992 establece claramente que cualquier régimen salarial o prestacional que contravenga las disposiciones legales carece de efecto y no genera derechos adquiridos. A partir de esta legislación, la responsabilidad de determinar los factores salariales de los empleados públicos recae en el Gobierno Nacional, y cualquier disposición emitida por las autoridades territoriales posterior a 1968 carece de validez constitucional, según el Consejo de Estado.
El monto del daño económico se calculó en función de los pagos realizados en concepto de sobresueldo a los funcionarios de la Alcaldía en el mencionado periodo. La Contraloría Municipal ha decidido poner esta situación en conocimiento de las autoridades competentes para que se tomen las medidas disciplinarias pertinentes. Además, se ha iniciado un proceso de responsabilidad fiscal para abordar el caso.
Finalmente, se espera una decisión de una jueza administrativa sobre una demanda de nulidad presentada contra el Acuerdo Municipal 018 de 2003. La Contraloría también enfatizó que los informes de auditoría no son actos administrativos, sino informes técnicos que pueden dar lugar a otras acciones por parte de las autoridades competentes, de acuerdo con el alcance de sus hallazgos.