Los productores en su conjunto llamaron la atención ante el perjuicio que ello causa a una actividad agrícola como la arrocera.
Un rechazo unánime de los productores arroceros del país se generó luego de conocerse durante la sesión del Consejo Nacional del Arroz, la decisión del Ministerio de Comercio Exterior en autorizar la importación del grano procedente de Ecuador.
La Federación Nacional de Arroceros-Fedearroz, así comoel representante de Dignidad Arrocera Roberto Botero, los núcleos de cultivadores de Casanare, Meta y Norte de Santander, representados por Henry Sanabria, Fernando Murillo y Guillermo Infante respectivamente, rechazaron la decisión, que no solo se tomó a espaldas de los agricultores nacionales, sino que fue acordada previamente entre la industria y el ministerio de Comercio Exterior, según lo indicado por Jose Manuel Suso presidente de la Junta Directiva de Induarroz.
Los productores en su conjunto llamaron la atención ante el perjuicio que ello causa a una actividad agrícola como la arrocera, de la que viven directa e indirectamente más de 500 mil familias. La decisión, da al traste además con los esfuerzos del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Juan Guillermo Zuluaga, quien ha venido trabajando conjuntamente con el sector productor, para superar la grave crisis ocasionada por los bajos precios pagados por la industria el año anterior.
“Es incomprensible que se autoricen importaciones, cuando el país registra unos altísimos inventarios producto de una cosecha excedentaria, que se obtuvo al responder positivamente a una invitación del gobierno para sembrar más, a fin de sustituir unas importaciones, que ahora se piensan incrementar por decisión administrativa”, ha sostenido el Gerente General de Fedearroz Rafael Hernández Lozano.
Por su parte los productores asistentes al Consejo Nacional del Arroz, cuestionaron la actitud equivocada del Ministerio de Comercio Exterior de autorizar importaciones, antes que acudir a las herramientas de que dispone el mismo acuerdo para salvaguardar la producción nacional, en cumplimiento de lo que ordena la Constitución Política en sus artículos 64 y 65, ratificado por la Corte Constitucional en sentencia C-400 de 1998, según la cual, “son inaplicables en nuestro país todas aquellas normas previstas por instrumentos internacionales que desconozcan preceptos Constitucionales”.