Supernotariado aclaró que circular sobre tierras no es expropiación, sino prioridad de compra para la ANT en zonas definidas por el Gobierno.
La Superintendencia de Notariado y Registro aclaró que la reciente circular que establece prioridad para la Agencia Nacional de Tierras (ANT) en la compra de predios no implica una expropiación, sino una herramienta para agilizar la reforma agraria. Así lo afirmó Isabella Hernández, superintendente delegada de Notariado, en entrevista con Blu Radio.
La circular indica que los propietarios que deseen vender terrenos ubicados en zonas priorizadas por el Ministerio de Agricultura deberán notificar previamente a la ANT antes de avanzar con la escrituración. Esta notificación se realiza a través de un formulario disponible en la página de la Superintendencia, y la Agencia contará con 15 días hábiles para manifestar interés. Si no hay respuesta, el propietario podrá vender a un tercero.
Según la circular, la medida aplica cuando los predios tienen más de dos Unidades Agrícolas Familiares (UAF) o cuando fueron adjudicados hace más de 15 años, conforme con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 160 de 1994.
Hernández insistió en que no se trata de una nueva norma, sino de la implementación de un procedimiento ya existente, con el fin de facilitar el proceso de compra para la ANT en el marco de la reforma agraria. “Esto no es una novedad, sino una herramienta para agilizar el acceso a tierras”, señaló.
Frente a las preocupaciones ciudadanas por el precio de las tierras, la funcionaria explicó que las compras se basarán en avalúos comerciales, lo que garantiza que los propietarios recibirán una compensación justa. “No se vulneran derechos. El precio se fijará con base en avalúo comercial”, precisó.
La superintendente enfatizó que no hay imposición alguna. “No es una expropiación, sino una negociación basada en el interés público”, explicó, recordando que la propiedad en Colombia tiene una función social de acuerdo con la Constitución y las leyes vigentes.