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¿Quién hereda la pensión? Claves para reclamarla

Si una persona fallece, su pensión puede pasar a su pareja o hijos, pero las reglas varían según la convivencia y el vínculo legal.

¿Quién hereda la pensión? Claves para reclamarla

Cuando una persona fallece, su pensión de sobrevivientes se entrega a su cónyuge, pareja permanente o hijos, dependiendo de varios factores establecidos por la ley. Uno de los requisitos clave es que, si el cónyuge tiene más de 30 años, debe haber convivido con la persona fallecida al menos cinco años. Sin embargo, si la pareja era permanente y tenía más de 30 años, este tiempo de convivencia no es necesario.

En caso de que el fallecido tuviera cónyuge e hijos, la pensión se divide en un 50% para la pareja y el otro 50% para los hijos. Si hubo convivencia simultánea entre un cónyuge y una pareja permanente en los últimos cinco años antes del fallecimiento, la pensión se otorgará al cónyuge. Si el vínculo conyugal seguía vigente pero hubo separación de hecho, la pareja permanente puede reclamar una parte proporcional de la pensión, siempre que haya convivido más de cinco años con el fallecido.

Para solicitar la pensión, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales exige documentos como el formulario único de solicitud prestacional, copia de la cédula, registro civil de nacimiento y matrimonio, y una declaración juramentada de convivencia. Si la sociedad conyugal no se disolvió y el fallecido tenía un compañero permanente, la pensión se dividirá entre ambos según el tiempo de convivencia.

Los interesados pueden obtener más información y consultar excepciones en la página oficial de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales.

Tomado de RCN Radio