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Qué infracciones no generan inmovilización de su motocicleta

Plenaria del Senado aprueba iniciativa del senador metense Alejandro Vega en la que se eliminan cinco causales de inmovilización de motocicletas.

Qué infracciones no generan inmovilización de su motocicleta

En su cuarto y último debate por el Congreso de la República, la plenaria del Senado le dio el sí definitivo a la iniciativa de autoría del Senador Alejandro Vega que elimina del Código Nacional de Tránsito la inmovilización de motocicletas en 5 casos específicos.

Se trata de las infracciones estipuladas en los numerales D3, D4, D5, D6 y D7 del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito. Se trata de conductas tales como transitar en sentido contrario al estipulado en la vía; no detenerse ante la luz roja o amarilla; conducir sobre separadores o bermas; adelantar en lugares prohibidos, entre otras, por las que, en todo caso, se mantiene la multa.

Según su autor, el Senador Vega, lo que se busca con esta propuesta es instaurar un escenario de equidad en el tratamiento de las sanciones, liberando a los motociclistas de una “trampa de pobreza” que se constituye con la doble penalidad de la multa más la inmovilización. Escenario que no enfrentan otro tipo de automotores que representan un mayor peligro al cometer las mismas infracciones.

“Este no es un mensaje de impunidad, es un mensaje de equidad”, destacó el Senador Vega. Aclarando que, bajo esta nueva legislación, la sanción económica seguirá vigente, pero se eliminará la práctica de la inmovilización como parte de la penalidad. Con lo cual busca también hacerle frente a la persecución indebida por parte de privados y autoridades de tránsito a los motociclistas.

 La iniciativa, ya aprobada en sus cuatro debates correspondientes, pasará ahora a conciliación para luego ir a sanción presidencial. Última instancia para convertirse en Ley de la República y entrar en vigencia.