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¿puede haber terminación unilateral de contrato de arrendamiento?

José Manuel Restrepo, recalcó que esta decisión se tomó para el caso “de los bares, de las discotecas, de los gimnasios, de los parques.

¿puede haber terminación unilateral de contrato de arrendamiento?

• Insistió en que lo importante es que “el arrendatario y arrendador lleguen a un acuerdo, con una penalidad máxima que sea la tercera parte de lo originalmente pactado, buscando, también, facilitar este proceso, pero, sobre todo, con una cultura de pago. Con eso, estamos acompañando a esos sectores afectados”.

• El funcionario, además, afirmó que a la fecha “16.900 empresas, especialmente del sector del comercio y de los servicios, han solicitado validación de sus protocolos de bioseguridad”.

Por tratarse de uno de los sectores más afectados por la crisis generada por el coronavirus, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, anunció este jueves la expedición de un decreto que permitirá, en algunos casos, la terminación unilateral de contratos de arrendamiento.

Así lo reveló el funcionario durante el espacio de televisión ‘Prevención y Acción’, programa moderado por el Presidente Iván Duque, donde recalcó que esta decisión se tomó para el caso “de los bares, de las discotecas, de los gimnasios, de los parques, entre otros temas”.

Así mismo, el Ministro Restrepo recordó que es muy importante que el “arrendatario y arrendador lleguen a un acuerdo”.

“El arrendatario y arrendador lleguen a un acuerdo, con una penalidad máxima que sea la tercera parte de lo originalmente pactado, buscando, también, facilitar este proceso, pero, sobre todo, con una cultura de pago. Con eso, estamos acompañando a esos sectores afectados”.

En ese mismo contexto, el funcionario recordó con el fin de contar con más herramientas para atender los procesos de insolvencia y facilitar la recuperación de las empresas que enfrentarán dificultades como consecuencia del impacto del covid-19, en especial de las micro y pequeñas empresas, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 772 del 3 de junio de 2020.

Esta nueva normativa hace énfasis en procesos de insolvencia para pequeñas empresas cuyos activos sean inferiores o iguales a 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (5.000 SMMLV), con el fin de contar con un proceso de reorganización abreviado y un proceso de liquidación simplificado, que atienda las necesidades de las micro y pequeñas empresas.

“Y pensando, también, en muchas empresas que van a iniciar un proceso de reestructuración empresarial, hemos agilizado y vuelto más expedito dicho proceso con tecnología”, dijo.

“Creamos, además, un régimen simplificado para esas pequeñas y micro empresas que están en proceso de restructuración”, señaló el titular de la cartera de Comercio, y agregó que se elimina o se reduce casi que a la mitad ese proceso de restructuración. 

Reactivación empresarial

Durante su intervención en el programa ‘Prevención y Acción’, el Ministro Restrepo recalcó que a la fecha “16.900 empresas, especialmente del sector del comercio y de los servicios, han solicitado validación de sus protocolos de bioseguridad”. 

De ese total, 11.000 “ya han obtenido la validación de esos protocolos de bioseguridad”.