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Prohibida la pólvora en menores: la nueva orden del Alcalde

El alcalde Alexander Baquero prohibió la venta y manipulación de pólvora por menores para prevenir lesiones y proteger su integridad en Villavicencio.

Prohibida la pólvora en menores: la nueva orden del Alcalde

La Alcaldía de Villavicencio expidió un decreto que restringe de manera estricta el uso, venta y manipulación de pólvora por parte de menores de edad, en cumplimiento de los principios constitucionales que obligan a garantizar su salud, seguridad e integridad. La medida también aplica a personas en estado de embriaguez y establece controles en todo el territorio municipal.

El documento fija parámetros sobre comercialización, almacenamiento, transporte y distribución de artículos pirotécnicos, declarando expresamente prohibida su entrega a menores y a quienes no se encuentren en condiciones aptas para manipularlos. Según la Administración, esta decisión responde al aumento de incidentes prevenibles durante la época decembrina y busca reducir riesgos históricos para la población infantil.

El alcalde Alexander Baquero advirtió que el uso de pólvora por parte de niños “está rotundamente prohibido” y recalcó que la corresponsabilidad familiar será fundamental para evitar tragedias. Los adultos que permitan o incentiven su manipulación enfrentarán sanciones pedagógicas y deberán participar en actividades de apoyo a la prevención y manejo de emergencias.

El decreto también establece que, en caso de lesiones causadas por pólvora, los prestadores de servicios de salud deberán brindar atención inmediata sin exigir trámites previos. Los hospitales, clínicas y centros asistenciales tendrán la obligación de reportar los incidentes a la Policía de Infancia y Adolescencia y al ICBF, con el fin de activar los procesos legales contra padres o cuidadores responsables.

Para quienes participan en la fabricación, transporte o comercialización de estos productos, la normativa exige ser mayores de edad y contar con autorización expresa de la Alcaldía. Asimismo, se restringe el uso de artículos pirotécnicos en estaciones de servicio, instituciones educativas, jardines infantiles, hospitales, parques y zonas residenciales, así como en áreas cercanas a refugios de animales.