De acuerdo con el Decreto 021 de 2025 se podrá solicitar un permiso de circulación siempre y cuando hagan parte de las excepciones del pico y placa.
Según el Decreto 021 de 2025 que reglamenta el pico y placa para este año estableció 20
excepciones a vehículos que podrán circular por su naturaleza, servicio o situación
médica de las personas que los conducen.
En el documento estipula que los vehículos de profesionales de la salud que deban
desplazarse para prestar asistencia médica, de servidores públicos que requieren
esquema de seguridad, de establecimientos de comercio con servicios de domicilio,
personas con discapacidad, afecciones físicas o mentales, comunicadores sociales y
periodistas, podrán transitar solicitando el permiso con los certificados que acrediten
su labor o condición de salud a través del siguiente enlace:
https://tramites.movilidadvillavicencio.gov.co/.
“Los conductores de estos vehículos
deberán subir la cédula de ciudadanía, los
certificados laborales o la historia clínica
(en el caso de pacientes, con una
expedición no mayor a 30 días), las
licencias de conducción y de tránsito, la
revisión técnico-mecánica y el SOAT, todos
vigentes”, informó Luis Ángel Herrera,
director de Planeación y Prospectiva de la
Secretaría de Movilidad.
Según las excepciones, los otros vehículos que estarán excluidos de las medidas serán los que
pertenezcan o estén destinados a las siguientes actividades: