Esto solo aplica para el proyecto CPO Padre perteneciente al Bloque CP011, Llanos Orientales, localizado en jurisdicción de los municipios de Puerto López y San Martín de los Llanos, en el Meta.
Ecopetrol S.A. recibió de parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales el permiso para iniciar trabajos en el proyecto denominado "Área de Perforación Exploratoria CPO Padre perteneciente al Bloque CP011, Llanos Orientales", localizado en jurisdicción de los municipios de Puerto López y San Martín de los Llanos, en el departamento del Meta.
El Área de Perforación Exploratoria Padre tiene como objetivo la perforación exploratoria para establecer la presencia de hidrocarburos, por medio de la construcción de diez plataformas multipozo de hasta cinco pozos, con áreas operativas de hasta cinco hectáreas por localización. Adicionalmente, se proyecta la construcción de toda la demás infraestructura conexa y necesaria a esta.
A la empresa se le autorizó la perforación de hasta cinco pozos por locación, para un total de 50 pozos exploratorios bajo el método de perforación convencional.
Para la construcción de las vías de acceso nuevas que permitan el acceso a las localizaciones, puntos de captación, las ZODME y las ZODAR, la empresa propone hasta 15 km de vía a construir por locación (10 locaciones) para un total de 150 km de vías nuevas a construir.
Por otra parte se propone la construcción de vías ya existentes tipo 6 y 7, correspondientes a huellas sobre el terreno natural y senderos, que por sus condiciones requieren todas las actividades inherentes a la construcción, así las mismas ya tengan el derecho de vía existente; la longitud aproximada de los caminos existentes que podrán ser objeto de actividades de construcción es de tipo 6 (183.386 km) más las vías tipo 7 ( 9.049 km) resultan 192.43 km entre las vías tipo 6 y 7.
Entonces, el total de vías a construir sumando las nuevas y las tipo 6 y 7 ya existentes, es de 343 km de vía a construir. Las vías tipos 6 y 7 son las establecidas como “caminos y senderos”.
La empresa deberá conservar una distancia mínima de 100 metros entre cualquier infraestructura asociada al proyecto exploratorio y cualquier construcción de importancia social: Casas de habitación, áreas recreativas, sitios de interés paisajístico, mangas de coleo, corrales, centros educativos, centros religiosos, cementerios, casetas comunales y centros de salud, etc., centros poblados como el Porvenir en la vereda Serranía del Melúa; así como de cualquier instalación industrial o de servicios públicos.
Con el fin de garantizar que esta distancia mínima de 100 metros sea suficiente para prevenir los impactos relacionados con el ruido, vibraciones o emisiones atmosféricas, la empresa deberá presentar con cada Plan de Manejo Ambiental especifico, las medidas y acciones necesarias para que estos impactos no generen afectaciones a la infraestructura social anteriormente citada que pueda ubicarse en inmediaciones de la infraestructura exploratoria proyectada. Así mismo, sus resultados deberán estar incluidos dentro de los Informes de Cumplimiento Ambiental (ICA).
Se le otorgó además una concesión de aguas superficiales para para uso industrial y doméstico de las actividades del proyecto "Área de Perforación Exploratoria CPO Padre perteneciente al Bloque CP01 1, Llanos Orientales", en un caudal máximo de 5.311s.