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Nueva ley de mascotas cambia las reglas para las aerolíneas

Los dueños de perros y gatos ahora pueden exigir este derecho al momento de viajar con los mismos en avión, bajo estas condiciones

Nueva ley de mascotas cambia las reglas para las aerolíneas

Buenas noticias para los dueños de perros y gatos. Ya entraron en vigencia las nuevas condiciones para viajar con las mascotas en avión tras la aprobación del proyecto de ley "No son equipaje".

Dicha iniciativa modifica la histórica legislación Ley 1774 de 2016, que reconoció a "los animales como seres sintientes capaces de recibir especial protección contra el sufrimiento y el dolor causados directa o indirectamente par las humanos".

Por ello, también tipifica como condenable algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales, y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial.

Esta norma garantiza la protección de los animales basado en el bienestar y cuidado responsable de los mismos al asegurar que:

  • Que no sufran hambre ni sed.
  • Que no sufran injustificadamente malestar físico ni dolor.
  • Que no les sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido.
  • Que no sean sometidos a condiciones de miedo ni estrés.
  • Que puedan manifestar su comportamiento natural.
  • Solidaridad social. El Estado, la sociedad y sus miembros tienen la obligación de asistir y proteger a los animales con acciones diligentes ante situaciones que pongan en peligro su vida, su salud o su integridad física.

Anteriormente, algunas mascotas se veían obligadas a viajar en el interior de un guacal y en el área de bodega, como si de un equipaje se tratara; una situación que, en ocasiones específicas, ha derivado en desenlaces trágicos para los animales.

Perros y gatos ahora viajarán bajo estas condiciones

Aplicando la Ley 1774, aprobada en el Congreso de la República, de ahora en adelante las mascotas viajarán con sus dueños en las cabinas de pasajeros de aviones y en vehículos de transporte público terrestre, evitando que sufran lesiones e incluso la muerte como en varios casos que se registraron anteriormente a la ley, cuando eran transportados en las bodegas de carga.

La iniciativa adelantada por el representante, Carlos Ardila, del Partido Liberal, recordó que la citada norma rige desde este año y entre otros obliga a las empresas aéreas y terrestres a permitir que los animales domésticos, perros y gatos, acompañen a sus dueños, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:

  • Avisen con 48 horas de anterioridad a las empresas
  • Porten el carné de vacunación contra la rabia reciente
  • Porten correa
  • No excedan de los 15 kilos y se transporten en un guacal
  • La edad mínima del animal perro o gato doméstico deberá ser de cinco meses, para ser transportado en la cabina de pasajeros.

Anteriormente, estas condiciones eran más restrictivas, por ejemplo, el animal de compañía debía ser solo de tamaño pequeño, contar con una edad mínima de ocho semanas, y no superar los 10 kg, según la antigua guía para el transporte de animales y mascotas emitida por el Ministerio de Transporte.

Cabe aclarar que cada propietario debe ser responsable del aseo de la mascota y ser respetuosos con los demás pasajeros, según Ardila.

Este tema era necesario de legislar, dados los casos presentados en donde los perros y gatos sufrían las adversidades de los viajes en el interior de las bodegas donde tenían que soportar frío, sed y hambre, además del maltrato al permanecer en sitios cerrados en los depósitos destinados para carga donde las condiciones para un ser vivo eran peligrosas.

En ese sentido, el proyecto 'No son equipaje' modificó el artículo 3 de Ley 1774 de 2016 tras su aprobación en su cuarto debate en el Congreso de la República. La gestión legislativa, adelantada desde la Cámara de Representantes, ahora ordena que los perros y gatos viajen en las cabinas de pasajeros para garantizar su seguridad.

La nueva ley indica que las empresas de transporte aéreo, terrestre, marítimo y fluvial de pasajeros deben tomar las medidas necesarias para garantizar el transporte de perros y gatos domésticos en la cabina de pasajeros, y no podrán negarse a prestar el servicio.

El incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas, cuya definición y aplicación corresponde al Ministerio de Transporte y a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, según el tipo de servicio involucrado.

Información de RED+