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Ley seca del 8 al 10 de marzo por elecciones para Congreso de la República

El gobierno decretó que desde las 6 de la tarde del sábado 8 y hasta las 6 de la mañana del lunes 10 de marzo no se permitirá la venta ni consumo de licor en el territorio nacional.

Ley seca del 8 al 10 de marzo por elecciones para Congreso de la República

El gobierno del presidente Juan Manuel Santos decretó ley seca en todo el territorio colombiano con motivo de las elecciones para Congreso de la República.

La medida contempla que desde las seis de la tarde del sábado 8 y hasta las seis de la mañana del lunes 10 de marzo no se podrá vender ni consumir licores en todo el territorio nacional.

Según el acto administrativo, se busca garantizar el normal desarrollo de las elecciones para Senado de la República y Cámara de Representantes, previstas para el domingo 9 de marzo de ocho de la mañana a cuatro de la tarde.

De acuerdo a un decreto expedido para garantizar el normal desarrollo de las elecciones, en esa fecha y horarios queda prohibida la venta y el consumo de bebidas embriagantes.

Asimismo se contempla la suspensión general de los permisos para el porte de armas en el país.

Del viernes 7 y hasta el miércoles 12 de marzo ningún civil colombiano podrá portar armas, sin perjuicio de las autorizaciones especiales que durante estas fechas expidan las mismas.

Asimismo queda prohibido que durante el domingo 9 de marzo, durante el ejercicio democrático de los colombianos, las emisoras, prensa escrita y todas las modalidades de televisión legalmente autorizadas en el país difundan propaganda política y electoral, asi como la publicación de encuestas, sondeos o proyecciones electorales.

A los candidatos y partidos políticos les queda prohibido exhibir nuevos carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir propaganda electoral; ni difundir propaganda electoral a través de cualquier tipo de vehículo terrestre, nave a aeronave.

A los electores se les prohibe el uso del teléfono celular, cámaras fotográficas o de video dentro del puesto de votación entre las ocho de la mañana y las cuatro de la tarde del domingo 9 de marzo.

Los ciudadanos que padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse de sí mismos, podrán ejercer el derecho al sufragio acompañados hasta el interior del cubículo de votación, sin perjuicio del secreto del voto.

Así mismo, bajo estos lineamientos, podrán ejercer el derecho al voto las personas mayores de ochenta (80) años o quienes padezcan problemas avanzados de visión.