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Golpe jurídico al decreto de la consulta popular

El Consejo de Estado suspendió el decreto con el que Petro convocó a una consulta popular por no contar con aval del Senado.

Golpe jurídico al decreto de la consulta popular

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto 0639 firmado por el presidente Gustavo Petro y sus ministros, con el que se pretendía convocar a una consulta popular. La decisión responde a una demanda de nulidad electoral interpuesta por 12 congresistas, entre ellos Efraín Cepeda, Carlos Motoa y Nadia Blel, quienes alegaron que el decreto fue expedido sin cumplir requisitos constitucionales.

Según el alto tribunal, la convocatoria vulneró el artículo 104 de la Constitución, que exige el concepto previo favorable del Senado para este tipo de mecanismos de participación. Como esa autorización no fue tramitada, el Consejo de Estado concluyó que había mérito para suspender de forma inmediata los efectos del decreto mientras se analiza de fondo su legalidad.

La Sección Quinta del Consejo de Estado explicó que el acto tiene naturaleza electoral, por lo que asumió la competencia para estudiarlo. La providencia subraya que sin el aval del Senado, la convocatoria al pueblo para decidir sobre asuntos de trascendencia nacional carece de sustento legal.

La medida cautelar fue adoptada bajo el amparo del artículo 234 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), que permite suspender actos administrativos cuando se advierte una transgresión normativa evidente.