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Exención de IVA para 211 bienes e insumos médicos

La medida del gobierno permitirá surtir con elementos de protección a los trabajadores de la salud y beneficiar el bolsillo de los colombianos.

Exención de IVA para 211 bienes e insumos médicos

El Presidente Iván Duque afirmó que el Decreto 551 del 15 de abril de 2020, a través del cual el Gobierno Nacional establece la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación y venta en el país de 211 bienes e insumos médicos, permitirá surtir con elementos de protección a los trabajadores de la salud y beneficiará el bolsillo de los colombianos.

“Este fin de semana, cuando adelantamos nuestro Facebook Live contestándoles preguntas a muchos de ustedes, hablamos también de la evolución del Decreto 551 que, básicamente, elimina el impuesto de IVA para muchos productos que son necesarios para enfrentar esta pandemia”, dijo el Mandatario durante el especial televisivo ‘Prevención y Acción’, que se emitió este miércoles por Señal Colombia, en conexión con canales privados, regionales y comunitarios.

Agregó que “este beneficio nos va a permitir surtir rápidamente a todo el personal médico por parte de los empleadores, por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y también por parte de la adquisición centralizada que hagamos en el marco la contingencia, pero también les va a permitir a muchas familias acceder a algunos de estos productos de una forma mucho más cómoda para sus bolsillos”.

Algunos insumos cubiertos por el Decreto 551

De acuerdo con el texto del Decreto, este beneficio se aplicará durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del coronavirus.

Entre estos bienes e insumos se destacan elementos para la protección del cuerpo (tapabocas, mascarillas, guantes, batas y gorros, entre otros), cánulas, tubos, respiradores, ventiladores, nebulizadores, sondas, válvulas, catéteres, jeringas, electrodos, desfibriladores, monitores, sensores, tensiómetros, termómetros, ecocardiógrafos, ecógrafos, glucómetros, fibroscopios, espirómetros y equipos para transfusión sanguínea.

Así mismo, la lista incluye equipos de Rayos X, esterilizadores, mantas, camas hospitalarias, camillas, grúas, dispositivos médicos de movilización, sillas de ruedas, agujas hipodérmicas, aplicadores con punta de algodón, centrífugas, equipos de desinfección, procesadores de muestras de biología molecular, suturas y tableros para masaje cardiaco.

Igualmente, bolsas hospitalarias, hisopos, succionadores, algodón, compresas, gasas, geles, esparadrapo, vendas, alcoholes, jabones, toallitas húmedas, detergentes, desinfectantes, limpiadores, básculas pesa-bebés, incubadoras, lámparas hospitalarias, balas de oxígeno, fonendoscopios y equipos de órgano de los sentidos, entre muchos otros.

En sus considerandos, el decreto indica que esta exención del IVA es importante para “la prevención, diagnóstico y tratamiento del coronavirus covid-19, por lo que la facilitación de su importación y venta en el territorio nacional es una acción necesaria para garantizar el abastecimiento y la disponibilidad de bienes e insumos médicos necesarios e indispensables para hacer frente a la Emergencia Sanitaria”.

Condiciones de aplicación

La norma establece que los saldos a favor generados en las declaraciones tributarias del Impuesto sobre las Ventas (IVA) podrán ser imputados en las declaraciones de los períodos siguientes, pero en ningún caso podrán ser objeto de devolución y/o compensación.

El responsable del IVA que “enajene los bienes exentos de que trata el presente Decreto Legislativo tiene derecho a impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas (IVA), siempre y cuando cumpla con los requisitos consagrados en el Estatuto Tributario y en especial el artículo 485 de dicho Estatuto”, señala el Decreto.

Así mismo, la norma establece, entre otras, las siguientes condiciones de aplicación para la exención del IVA:

• Al momento de facturar la operación de venta de bienes exentos, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, a través de los sistemas de facturación vigentes, el facturador deberá incorporar en el documento una leyenda que indique: ‘Bienes Exentos – Decreto 417 del 17 de marzo de 2020’.

• La importación, la venta y la entrega de los bienes deberá realizarse dentro del plazo establecido en el artículo 1 del presente Decreto Legislativo.

El Decreto, que también contempla los efectos del incumplimiento de los requisitos, está firmado por el Presidente de la República, Iván Duque, y los ministros del despacho.

Bienes cubiertos por la exención del impuesto sobre las ventas (IVA)

1. Gafas protectoras
2. Guantes de látex y de nitrilo
3. Guantes estériles
4. Mascarilla N95 y respiradores FFP2 o FFP3
5. Mascarillas con filtro
6. Protección total del cuerpo: Batas, gorros, ropa quirúrgica estéril, campos quirúrgicos, campo operatorio, sábanas, fundas, traje biológico polainas y protectores metatarsales
7. Protector facial: caretas o visores
8. Tapabocas desechables
9. Trajes de bio-protección (enterizo, blusa y pantalón)
10. Cánulas de Guedel o de Mayo
11. Cánulas de traqueostomía
12. Cánulas laríngeas
13. Cánulas nasales
14. Cánulas nasales de alto flujo
15. Cánulas nasofaríngeas
16. Cánulas orofaríngeas
17. Equipo de traqueostomía
18. Estilete o guía de entubación
19. Flujómetro para gases medicinales
20. Humidificador (normal, jet y burbuja) y filtros del humidificador
21. Kit de entubación
22. Laringoscopio de hojas rectas y curvas (niños y adultos)
23. Manómetro para oxígeno y vacío
24. Máscara de alto flujo (Ventury)
25. Mascarilla con reservorio
26. Mascarilla de traqueostomía (tienda de traqueostomía)
27. Mascarilla laríngea
28. Mascarilla para nebulización - micronebulización
29. Mascarilla quirúrgica con filtro HEPA
30. Mascarilla simple
31. Mascarillas para anestesia
32. Mascarillas para reinhalación
33. Otros tipos de cánulas
34. Otros tipos de mascarillas
35. Pinza de maguil
36. Prong nasal
37. Regulador para gases medicinales
38. Respirador manual – Bolsa Auto-inflable – Balón resucitador – Bolsa de reanimación (AMBU) con o sin reservorio
39. Sujetador de tubo de traqueostomía
40. Sujetador de tubo endotraqueal
41. Tubo conector en T y/o Y, Niple conector
42. Tubos endotraqueales y nasotraqueales y combitube (tubo combinado esófago-tráquea) de diferentes medidas
43. Incentivo respiratorio
44. Inhalo-cámaras
45. Nebulizador y Micro-nebulizador
46. Succionador o aspirador de secreciones
47. Equipos para la apnea (CPAP - BPAP)
48. Circuitos y aditamentos de ventilación (Sensores, Filtros, entre otros)
49. Concentradores de O2
50. Ventilador de transporte
51. Ventilador o Respirador de uso domiciliario
52. Ventilador o Respirador hospitalario
53. Pleurovac
54. Sistema de drenaje cerrado para conexión a tubo de tórax o mediastino
55. Tubos de mediastino
56. Tubos de tórax de diferentes números o calibres
57. Válvula de Heimlich
58. Sonda de aspiración – nelaton de diferentes medidas
59. Sonda nasogástrica, orogástrica y gastro-yeyunal
60. Sondas de succión abierta o cerrada
61. Sondas urinarias de diferentes clases y medidas
62. Otros tipos de sondas
63. Bombas de infusión y equipo bomba de infusión
64. Bombas de nutrición enteral
65. Bolsa para nutrición parenteral
66. Bolsas para sangre
67. Buretrol
68. Catéter central (Swanz Ganz y subclavio)
69. Catéter periférico vascular e intraóseo
70. Equipo de plasmaferesis
71. Equipo para presión venosa central
72. Equipo para transfusión sanguínea
73. Equipo para venodisección
74. Equipos de venoclisis
75. Extensión de anestesia
76. Jeringas
77. Jeringas de infusión
78. Máquina de diálisis peritoneal
79. Máquina de hemodiálisis
80. Otro tipo de catéteres de acceso vascular periférico y central, arterial y venoso
81. Cardiodesfibrilador
82. Desfibrilador
83. Electrodos para cardio-desfibrilador
84. Gel para electrodos
85. Capnógrafo
86. Celdas de oxígeno
87. Electrocardiógrafo
88. Electrodos de ventosa
89. Electrodos superficiales
90. Filtros de entrada y salida de aire
91. Monitor de presión arterial
92. Monitor de signos vitales (medición de frecuencia cardíaca, presión arterial sistólica, diastólica y media, temperatura, saturación de oxígeno, gasto cardíaco)
93. Pulsoxímetro
94. Sensores de temperatura
95. Sensores de EKG
96. Sensores de saturación de oxígeno
97. Tensiómetro digital y manual
98. Termómetro digital y manual
99. Válvulas de flujo
100. Doppler fetal
101. Ecocardiógrafo
102. Ecógrafo
103. Equipo de gases arteriales y venosos
104. Espirómetros
105. Fibroscopio y Fibrobroncoscopio
106. Glucómetro
107. Intensificador de imagen portátil
108. Monitor fetal
109. Rayos X portátil
110. Rayos X Arco en C
111. Videolaringoscopio
112. Blanketrol
113. Mantas para calentamiento
114. Camas
115. Camillas
116. Caminadores
117. Grúas
118. Otros dispositivos médicos de movilización
119. Rodillos para traslado
120. Sillas de ruedas
121. Agujas hipodérmicas
122. Aplicadores con punta de algodón
123. Apósitos
124. Autoclaves, esterilizadores y accesorios
125. Bolsas mortuorias
126. Carro de paro cardíaco
127. Centrífugas
128. Dispositivos de bioseguridad para traslado de pacientes
129. Equipo de desinfección por ultravioleta
130. Equipo de órganos de los sentidos
131. Equipo de química sanguínea
132. Equipo para desinfección por ultrasonido
133. Medias antiembólicas
134. Procesadores de muestras de biología molecular
135. Suturas
136. Tablero para masaje cardiaco
137. Toallas y pañines impregnados con clorhexidina o alcohol al 70%
138. Accesorios para garantizar empaque cerrado y transporte de los elementos sucios y limpios, como compreseros, vehículos para la recolección interna de residuos, instrumental, canecas de residuos, entre otros.
139. Bolsas para recolección de orina
140. Bolsas y tubos para recolección de sangre
141. Bolsas de Ostomia
142. Dispositivos para la recolección de muestras y fluidos, incluida la trampa de recolección de secreciones
143. Hisopos con tubo de transporte
144. Neveras de transporte, pilas de gel y silicona para transporte
145. Sistema de recolección de secreciones o fluidos (canister, receptal o linner con o sin gel solidificante)
146. Succionadores
147. Termocicladores
148. Tubos capilares
149. Tubos heparinizados
150. Tubos de recolección de sangre
151. Algodón
152. Apósito adhesivo
153. Cinta adhesiva de papel microporoso
154. Compresas
155. Dispositivos de fijación de acceso vascular
156. Electrodos para desfibrilador y/o marcapasos
157. Electrodos desechables
158. Esparadrapo
159. Gasas
160. Gel conductor
161. Indicadores biológicos de esterilización
162. Papel grado médico
163. Productos para desinfección de dispositivos médicos
164. Suturas de seda
165. Válvula exploratoria
166. Vendas
167. Colchón antiescaras
168. Dispositivos médicos para lesiones de piel por estancias prolongadas
169. Espumas: en diferentes tamaños y formas (región sacra, taloneras, coderas)
170. Alcohol etílico, Gel 63% y 65%
171. Alcohol etílico, solución 70%
172. Alcohol etílico, solución tópica 96° 72,9 ml / 100 ml
173. Alcohol etílico + Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 70% + 2%
174. Alcohol etílico + Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 70% + 1% (P/V)
175. Alcohol etílico + Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 76.5 ml + 0.45 ml / 100 ml
176. Alcohol etílico + Alcohol Isopropílico Gel 63g + C.S.P 100
177. Alcohol etílico + Glicerina, Solución tópica 96% + 4%
178. Alcohol etílico + Mentol loción 70% + 0.5%
179. Alcohol etílico + Mentol loción 70% + 0.39%
180. Alcohol Isopropílico al 99%, Solución tópica 63g / 100 ml
181. Alcohol Isopropílico + Yodo loción 72% + 7.5%
182. Alcohol Isopropólico + Yodopovidona loción 72% + 7.5%
183. Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 0.07%, 0.08%, 0.45%, 2% y 1%
184. Clorhexidina Gluconato + Alcohol Isopropílico, Solución tópica 2% + 70%, 4% + 70%
185. Soluciones antibacteriales
186. Geles antibacteriales
187. Jabones
188. Toallitas húmedas
189. Jabones
190. Detergentes para lavado de ropa
191. Desinfectantes
192. Limpiadores de superficies
193. Productos lava-vajillas
194. Báscula pesa-bebés
195. Glucómetro
196. Tensiómetro
197. Pulsoxímetro
198. Incubadora
199. Lámpara de calor radiante
200. Lámpara de fototerapia
201. Equipo de órgano de los sentidos
202. Bala de oxígeno
203. Fonendoscopio
204. Ventilador
205. Equipo de Rayos X pórtatil
206. Concentrador de oxígeno
207. Monitor de transporte
208. Flujómetro
209. Cámara cefálica
210. Cama hospitalaria
211. Cama hospitalaria pediátrica.

: Presidente Duque

• El beneficio, contemplado en el Decreto 551 del 15 de abril de 2015, “nos va permitir surtir rápidamente a todo el personal médico por parte de los empleadores, por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y también por parte de la adquisición centralizada que hagamos en el marco la contingencia, pero también les va a permitir a muchas familias acceder a algunos de estos productos de una forma mucho más cómoda para sus bolsillos”, dijo el Presidente Duque.

Bogotá, 15 de abril de 2020.

El Presidente Iván Duque afirmó que el Decreto 551 del 15 de abril de 2020, a través del cual el Gobierno Nacional establece la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación y venta en el país de 211 bienes e insumos médicos, permitirá surtir con elementos de protección a los trabajadores de la salud y beneficiará el bolsillo de los colombianos.

“Este fin de semana, cuando adelantamos nuestro Facebook Live contestándoles preguntas a muchos de ustedes, hablamos también de la evolución del Decreto 551 que, básicamente, elimina el impuesto de IVA para muchos productos que son necesarios para enfrentar esta pandemia”, dijo el Mandatario durante el especial televisivo ‘Prevención y Acción’, que se emitió este miércoles por Señal Colombia, en conexión con canales privados, regionales y comunitarios.

Agregó que “este beneficio nos va a permitir surtir rápidamente a todo el personal médico por parte de los empleadores, por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y también por parte de la adquisición centralizada que hagamos en el marco la contingencia, pero también les va a permitir a muchas familias acceder a algunos de estos productos de una forma mucho más cómoda para sus bolsillos”.

Algunos insumos cubiertos por el Decreto 551

De acuerdo con el texto del Decreto, este beneficio se aplicará durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del coronavirus.

Entre estos bienes e insumos se destacan elementos para la protección del cuerpo (tapabocas, mascarillas, guantes, batas y gorros, entre otros), cánulas, tubos, respiradores, ventiladores, nebulizadores, sondas, válvulas, catéteres, jeringas, electrodos, desfibriladores, monitores, sensores, tensiómetros, termómetros, ecocardiógrafos, ecógrafos, glucómetros, fibroscopios, espirómetros y equipos para transfusión sanguínea.

Así mismo, la lista incluye equipos de Rayos X, esterilizadores, mantas, camas hospitalarias, camillas, grúas, dispositivos médicos de movilización, sillas de ruedas, agujas hipodérmicas, aplicadores con punta de algodón, centrífugas, equipos de desinfección, procesadores de muestras de biología molecular, suturas y tableros para masaje cardiaco.

Igualmente, bolsas hospitalarias, hisopos, succionadores, algodón, compresas, gasas, geles, esparadrapo, vendas, alcoholes, jabones, toallitas húmedas, detergentes, desinfectantes, limpiadores, básculas pesa-bebés, incubadoras, lámparas hospitalarias, balas de oxígeno, fonendoscopios y equipos de órgano de los sentidos, entre muchos otros.

En sus considerandos, el decreto indica que esta exención del IVA es importante para “la prevención, diagnóstico y tratamiento del coronavirus covid-19, por lo que la facilitación de su importación y venta en el territorio nacional es una acción necesaria para garantizar el abastecimiento y la disponibilidad de bienes e insumos médicos necesarios e indispensables para hacer frente a la Emergencia Sanitaria”.

Condiciones de aplicación

La norma establece que los saldos a favor generados en las declaraciones tributarias del Impuesto sobre las Ventas (IVA) podrán ser imputados en las declaraciones de los períodos siguientes, pero en ningún caso podrán ser objeto de devolución y/o compensación.

El responsable del IVA que “enajene los bienes exentos de que trata el presente Decreto Legislativo tiene derecho a impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas (IVA), siempre y cuando cumpla con los requisitos consagrados en el Estatuto Tributario y en especial el artículo 485 de dicho Estatuto”, señala el Decreto.

Así mismo, la norma establece, entre otras, las siguientes condiciones de aplicación para la exención del IVA:

• Al momento de facturar la operación de venta de bienes exentos, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, a través de los sistemas de facturación vigentes, el facturador deberá incorporar en el documento una leyenda que indique: ‘Bienes Exentos – Decreto 417 del 17 de marzo de 2020’.

• La importación, la venta y la entrega de los bienes deberá realizarse dentro del plazo establecido en el artículo 1 del presente Decreto Legislativo.

El Decreto, que también contempla los efectos del incumplimiento de los requisitos, está firmado por el Presidente de la República, Iván Duque, y los ministros del despacho.

Bienes cubiertos por la exención del impuesto sobre las ventas (IVA)

1. Gafas protectoras
2. Guantes de látex y de nitrilo
3. Guantes estériles
4. Mascarilla N95 y respiradores FFP2 o FFP3
5. Mascarillas con filtro
6. Protección total del cuerpo: Batas, gorros, ropa quirúrgica estéril, campos quirúrgicos, campo operatorio, sábanas, fundas, traje biológico polainas y protectores metatarsales
7. Protector facial: caretas o visores
8. Tapabocas desechables
9. Trajes de bio-protección (enterizo, blusa y pantalón)
10. Cánulas de Guedel o de Mayo
11. Cánulas de traqueostomía
12. Cánulas laríngeas
13. Cánulas nasales
14. Cánulas nasales de alto flujo
15. Cánulas nasofaríngeas
16. Cánulas orofaríngeas
17. Equipo de traqueostomía
18. Estilete o guía de entubación
19. Flujómetro para gases medicinales
20. Humidificador (normal, jet y burbuja) y filtros del humidificador
21. Kit de entubación
22. Laringoscopio de hojas rectas y curvas (niños y adultos)
23. Manómetro para oxígeno y vacío
24. Máscara de alto flujo (Ventury)
25. Mascarilla con reservorio
26. Mascarilla de traqueostomía (tienda de traqueostomía)
27. Mascarilla laríngea
28. Mascarilla para nebulización - micronebulización
29. Mascarilla quirúrgica con filtro HEPA
30. Mascarilla simple
31. Mascarillas para anestesia
32. Mascarillas para reinhalación
33. Otros tipos de cánulas
34. Otros tipos de mascarillas
35. Pinza de maguil
36. Prong nasal
37. Regulador para gases medicinales
38. Respirador manual – Bolsa Auto-inflable – Balón resucitador – Bolsa de reanimación (AMBU) con o sin reservorio
39. Sujetador de tubo de traqueostomía
40. Sujetador de tubo endotraqueal
41. Tubo conector en T y/o Y, Niple conector
42. Tubos endotraqueales y nasotraqueales y combitube (tubo combinado esófago-tráquea) de diferentes medidas
43. Incentivo respiratorio
44. Inhalo-cámaras
45. Nebulizador y Micro-nebulizador
46. Succionador o aspirador de secreciones
47. Equipos para la apnea (CPAP - BPAP)
48. Circuitos y aditamentos de ventilación (Sensores, Filtros, entre otros)
49. Concentradores de O2
50. Ventilador de transporte
51. Ventilador o Respirador de uso domiciliario
52. Ventilador o Respirador hospitalario
53. Pleurovac
54. Sistema de drenaje cerrado para conexión a tubo de tórax o mediastino
55. Tubos de mediastino
56. Tubos de tórax de diferentes números o calibres
57. Válvula de Heimlich
58. Sonda de aspiración – nelaton de diferentes medidas
59. Sonda nasogástrica, orogástrica y gastro-yeyunal
60. Sondas de succión abierta o cerrada
61. Sondas urinarias de diferentes clases y medidas
62. Otros tipos de sondas
63. Bombas de infusión y equipo bomba de infusión
64. Bombas de nutrición enteral
65. Bolsa para nutrición parenteral
66. Bolsas para sangre
67. Buretrol
68. Catéter central (Swanz Ganz y subclavio)
69. Catéter periférico vascular e intraóseo
70. Equipo de plasmaferesis
71. Equipo para presión venosa central
72. Equipo para transfusión sanguínea
73. Equipo para venodisección
74. Equipos de venoclisis
75. Extensión de anestesia
76. Jeringas
77. Jeringas de infusión
78. Máquina de diálisis peritoneal
79. Máquina de hemodiálisis
80. Otro tipo de catéteres de acceso vascular periférico y central, arterial y venoso
81. Cardiodesfibrilador
82. Desfibrilador
83. Electrodos para cardio-desfibrilador
84. Gel para electrodos
85. Capnógrafo
86. Celdas de oxígeno
87. Electrocardiógrafo
88. Electrodos de ventosa
89. Electrodos superficiales
90. Filtros de entrada y salida de aire
91. Monitor de presión arterial
92. Monitor de signos vitales (medición de frecuencia cardíaca, presión arterial sistólica, diastólica y media, temperatura, saturación de oxígeno, gasto cardíaco)
93. Pulsoxímetro
94. Sensores de temperatura
95. Sensores de EKG
96. Sensores de saturación de oxígeno
97. Tensiómetro digital y manual
98. Termómetro digital y manual
99. Válvulas de flujo
100. Doppler fetal
101. Ecocardiógrafo
102. Ecógrafo
103. Equipo de gases arteriales y venosos
104. Espirómetros
105. Fibroscopio y Fibrobroncoscopio
106. Glucómetro
107. Intensificador de imagen portátil
108. Monitor fetal
109. Rayos X portátil
110. Rayos X Arco en C
111. Videolaringoscopio
112. Blanketrol
113. Mantas para calentamiento
114. Camas
115. Camillas
116. Caminadores
117. Grúas
118. Otros dispositivos médicos de movilización
119. Rodillos para traslado
120. Sillas de ruedas
121. Agujas hipodérmicas
122. Aplicadores con punta de algodón
123. Apósitos
124. Autoclaves, esterilizadores y accesorios
125. Bolsas mortuorias
126. Carro de paro cardíaco
127. Centrífugas
128. Dispositivos de bioseguridad para traslado de pacientes
129. Equipo de desinfección por ultravioleta
130. Equipo de órganos de los sentidos
131. Equipo de química sanguínea
132. Equipo para desinfección por ultrasonido
133. Medias antiembólicas
134. Procesadores de muestras de biología molecular
135. Suturas
136. Tablero para masaje cardiaco
137. Toallas y pañines impregnados con clorhexidina o alcohol al 70%
138. Accesorios para garantizar empaque cerrado y transporte de los elementos sucios y limpios, como compreseros, vehículos para la recolección interna de residuos, instrumental, canecas de residuos, entre otros.
139. Bolsas para recolección de orina
140. Bolsas y tubos para recolección de sangre
141. Bolsas de Ostomia
142. Dispositivos para la recolección de muestras y fluidos, incluida la trampa de recolección de secreciones
143. Hisopos con tubo de transporte
144. Neveras de transporte, pilas de gel y silicona para transporte
145. Sistema de recolección de secreciones o fluidos (canister, receptal o linner con o sin gel solidificante)
146. Succionadores
147. Termocicladores
148. Tubos capilares
149. Tubos heparinizados
150. Tubos de recolección de sangre
151. Algodón
152. Apósito adhesivo
153. Cinta adhesiva de papel microporoso
154. Compresas
155. Dispositivos de fijación de acceso vascular
156. Electrodos para desfibrilador y/o marcapasos
157. Electrodos desechables
158. Esparadrapo
159. Gasas
160. Gel conductor
161. Indicadores biológicos de esterilización
162. Papel grado médico
163. Productos para desinfección de dispositivos médicos
164. Suturas de seda
165. Válvula exploratoria
166. Vendas
167. Colchón antiescaras
168. Dispositivos médicos para lesiones de piel por estancias prolongadas
169. Espumas: en diferentes tamaños y formas (región sacra, taloneras, coderas)
170. Alcohol etílico, Gel 63% y 65%
171. Alcohol etílico, solución 70%
172. Alcohol etílico, solución tópica 96° 72,9 ml / 100 ml
173. Alcohol etílico + Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 70% + 2%
174. Alcohol etílico + Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 70% + 1% (P/V)
175. Alcohol etílico + Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 76.5 ml + 0.45 ml / 100 ml
176. Alcohol etílico + Alcohol Isopropílico Gel 63g + C.S.P 100
177. Alcohol etílico + Glicerina, Solución tópica 96% + 4%
178. Alcohol etílico + Mentol loción 70% + 0.5%
179. Alcohol etílico + Mentol loción 70% + 0.39%
180. Alcohol Isopropílico al 99%, Solución tópica 63g / 100 ml
181. Alcohol Isopropílico + Yodo loción 72% + 7.5%
182. Alcohol Isopropólico + Yodopovidona loción 72% + 7.5%
183. Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 0.07%, 0.08%, 0.45%, 2% y 1%
184. Clorhexidina Gluconato + Alcohol Isopropílico, Solución tópica 2% + 70%, 4% + 70%
185. Soluciones antibacteriales
186. Geles antibacteriales
187. Jabones
188. Toallitas húmedas
189. Jabones
190. Detergentes para lavado de ropa
191. Desinfectantes
192. Limpiadores de superficies
193. Productos lava-vajillas
194. Báscula pesa-bebés
195. Glucómetro
196. Tensiómetro
197. Pulsoxímetro
198. Incubadora
199. Lámpara de calor radiante
200. Lámpara de fototerapia
201. Equipo de órgano de los sentidos
202. Bala de oxígeno
203. Fonendoscopio
204. Ventilador
205. Equipo de Rayos X pórtatil
206. Concentrador de oxígeno
207. Monitor de transporte
208. Flujómetro
209. Cámara cefálica
210. Cama hospitalaria
211. Cama hospitalaria pediátrica.