La Superintendencia del Subsidio Familiar determinó el valor de la cuota que recibirán los beneficiarios de los trabajadores afiliados a la caja.
La Superintendencia del Subsidio Familiar fijó el valor de la cuota monetaria que entregará la Caja de Compensación Familiar Cofrem, a los beneficiarios de los trabajadores afiliados, que tienen derecho a recibirla.
Mediante la Resolución Número 0046 del 29 de enero pasado, en el Artículo Décimo, Parágrafo Segundo, se establece que la misma es de $35.600 para el sector urbano, y de $40.940, en el sector rural. Doble cuota monetaria se otorga a quienes están en situación de discapacidad física.
El beneficio consiste en un subsidio en dinero que gira mensualmente Cofrem a cada trabajador afiliado por sus beneficiarios: hijos hasta la edad de 18 años, es decir que no han cumplido 19, cuya edad aplica también para hermanos huérfanos e hijastros, y además padres mayores de 60 años; todos que dependan económicamente del trabajador.
Para recibirlo, el afiliado debe laborar mínimo 96 horas al mes (12 días), contar con una remuneración fija o variable, no superior a cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes y que, sumados con la remuneración de su cónyuge o compañera permanente, no sobrepasen los seis salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los padres de familia deben actualizar los certificados de escolaridad de sus beneficiarios con edades entre 12 y 18 años. Así como el respectivo documento de identidad: si es mayor de 7 años, fotocopia de la tarjeta de identidad, y si supera la mayoría de edad, de la cédula de ciudadanía.
El proceso de actualización, se realiza en los Centros de Servicios de Cofrem de Villavicencio, Acacías, Guamal, Castilla La Nueva, San Martín, Granada, Vista Hermosa, Cumaral, Barranca de Upía, Puerto López, Cabuyaro y Puerto Gaitán.