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Defensoría le solicitará al MinDefensa revisar procedimientos de incorporación en las FF.MM.

Tras el concepto emitido por el Consejo de Estado en este sentido, la Entidad espera una decisión de la Corte Constitucional respecto a dos casos que fueron dejados a disposición del Alto Tribunal.

Defensoría le solicitará al MinDefensa revisar procedimientos de incorporación en las FF.MM.

El Defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora Gómez, anunció que acudirá ante el Ministerio de Defensa para que se revisen los procedimientos de incorporación en las Fuerzas Militares, y recordó que la Entidad a su cargo ha hecho uso de varios recursos judiciales para proteger los derechos de algunos jóvenes afectados por irregularidades en su proceso de reclutamiento. 

Luego que el Consejo de Estado llamara la atención del Gobierno y la Fuerza Pública respecto a estos procesos, el Defensor Otálora Gómez recordó que el pasado 21 de febrero el Tribunal Administrativo del Tolima y el Tribunal Superior de Ibagué, fallaron favorablemente dos acciones de tutela interpuestas por la Defensoría en beneficio de un joven indígena y otro en condición de desplazado. Ambos muchachos, incorporados al Batallón de Infantería Número 17 de Chaparral, y al Batallón Especial Energético y Vial Número 1 de Saravena, Arauca, fueron asignados a dichas unidades sin tener en cuenta las causales de exención de prestar el servicio militar contempladas en la Ley 1448 de 2011. 

A comienzos de año, la Defensoría del Pueblo había ganado otras tres acciones de tutela encaminadas a proteger los derechos de igual número de jóvenes, uno de ellos en condición de padre cabeza de familia, otro como estudiante universitario y uno más que no era apto para el servicio por motivos de salud, circunstancias que pese a haber sido acreditadas por cada uno de ellos, fueron omitidas por los Distritos Militares. En este caso, los jóvenes fueron enviados al batallón de Infantería de Marina en Tumaco, Nariño, al batallón de Pamplona, en Norte de Santander, y a una guarnición en Honda, Tolima, esa vez en contravía de la Ley 48 de 1993 y la Ley 1421 de 2010.

Ante la preocupación del Defensor del Pueblo sobre esta problemática, recientemente se le solicitó a la Corte Constitucional la selección, para revisión, de dos casos en los que se evidencia una serie de irregularidades en los procesos de reclutamiento, particularmente respecto a las dificultades que tienen aquellos jóvenes que pretenden hacer uso de su derecho fundamental a la objeción de conciencia para la prestación del servicio militar.

Si bien el concepto del Consejo de Estado va en el mismo sentido del criterio de la Defensoría del Pueblo, el Defensor Otálora Gómez espera que luego de acoger la solicitud de la Institución, en el análisis de estos dos casos la Corte Constitucional precise su jurisprudencia frente a los procedimientos y las obligaciones que deben cumplir las autoridades a cargo del reclutamiento para la prestación del servicio militar obligatorio.