Este definición historica resalta que la prostitución es una forma de explotación sexual.
La sentencia SP287 de 2026 de la Corte Suprema de Justicia causó mucho impacto porque cambia la manera en que la justicia colombiana habla sobre la prostitución y la explotación sexual. Pero hay algo importante: la Corte no prohibió la prostitución en Colombia. Lo que hizo fue fijar una postura jurídica muy fuerte sobre cómo debe entenderse.
¿De dónde salió esta sentencia?
Todo empezó por un caso en Medellín. Un hombre fue condenado por pagarle a menores de edad (niñas y un niño entre 11 y 13 años) para actos sexuales. La Corte confirmó la condena, que supera los 20 años de prisión. Mientras estudiaba ese caso, la Corte aprovechó para hacer una reflexión más amplia sobre prostitución, dignidad humana y explotación sexual.
¿Qué dijo exactamente la Corte?
1. Que la prostitución no debe verse como un “trabajo normal” La Corte dijo que no puede compararse con cualquier empleo común, porque normalmente está relacionada con:
● pobreza
● desigualdad
● violencia
● vulnerabilidad
● y relaciones de poder, especialmente contra mujeres y menores.
La idea central de la sentencia es que: las personas no pueden ser tratadas como mercancía para consumo sexual. Por eso la Corte rechaza considerar la prostitución simplemente como una actividad comercial.
2. La Corte cambió el lenguaje Dijo que llamar “clientes” a quienes pagan por sexo ayuda a normalizar la explotación sexual. Entonces propone usar términos como:
● “prostituyentes”,
● “demandantes”
● o “explotadores sexuales”.
Eso muestra el enfoque de la sentencia: verla más como un problema de derechos humanos que como un negocio.
3. La Corte relaciona prostitución con explotación sexual
Este es el punto más polémico. La Corte dice que no basta con decir: “la persona aceptó”. Porque muchas veces detrás hay:
● necesidad económica
● violencia
● falta de oportunidades
● o presión social.
Entonces adopta una visión cercana al modelo “abolicionista”, que considera la prostitución como una forma de explotación aunque exista pago.
¿Entonces la prostitución quedó ilegal en Colombia?
No. Eso es muy importante. En Colombia:
● la prostitución entre adultos no está prohibida
● pero sí son delitos
● la explotación sexual,
● la trata de personas
● el proxenetismo,
● y cualquier situación con menores de edad. (infobae.com)
La sentencia:
● no creó una ley nueva
● no modificó automáticamente el Código Penal
● ni hizo ilegal ejercer prostitución siendo adulto
Pero sí crea un precedente fuerte que puede influir en:
● futuros fallos
● debates políticos
● y posibles reformas legales.
¿Por qué la llaman “histórica”?
Porque durante años hubo dos visiones en Colombia: Una visión decía: que el trabajo sexual debía reconocerse como trabajo y tener derechos laborales. La otra decía: que la prostitución es una forma de violencia y explotación que no debería normalizarse. Esta sentencia muestra que la Corte Suprema se inclinó claramente hacia la segunda postura.
¿La sentencia habla solo de menores?
El caso concreto sí era sobre menores de edad, y ahí jurídicamente no hay discusión: eso siempre es explotación sexual infantil. Pero la Corte aprovechó el caso para hablar también sobre la prostitución en general. Ahí fue donde surgió toda la polémica pública.
Información de: Infobae.com