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Condiciones para prestar servicio de Interner comunitario

MinTIC publicó el borrador de decreto que establece las condiciones para la prestación del servicio de Internet comunitario fijo en Colombia.

Condiciones para prestar servicio de Interner comunitario

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) publicó el borrador de decreto, para comentarios, que establece las condiciones para la prestación del servicio de Internet comunitario fijo.

Esto, cumpliendo la promesa del Presidente Gustavo Petro, permitirá a cualquier comunidad organizada, sin ánimo de lucro, debidamente constituida, incluyendo comunidades étnicas y Juntas de Acción Comunal, prestar este servicio al inscribirse en el Registro TIC.

"Estamos trabajando para conectar a Colombia, en particular a aquellas zonas que tienen baja oferta de servicios de conectividad y queremos promover la participación de nuevos agentes en el sector, con el propósito de llegar a la Colombia profunda", afirmó la Ministra TIC, Sandra Urrutia.

De esta manera, el Gobierno del Cambio avanza en su propósito de implementar un modelo autofinanciado y gestionado directamente por las mismas comunidades, las cuales podrán proveer ese servicio a sus asociados, instituciones educativas, de salud, bibliotecas públicas y a organizaciones sin ánimo de lucro que estén ubicadas dentro de su área de cobertura y sin superar los 6.000 accesos.

Entre las obligaciones que deberán cumplir las comunidades organizadas de conectividad se cuentan, entre otras, garantizar la prestación del servicio de manera eficiente, continua y aplicando protocolos de ciberseguridad, realizar los reportes de información y pagar la contraprestación y contribución a que haya lugar.

Las y los colombianos que deseen, pueden presentar sus comentarios y propuestas hasta el próximo 12 de abril de 2023, a través del correo [email protected]