La Corte Constitucional prohibió el matrimonio infantil en Colombia, declarando inconstitucional esta práctica por vulnerar los derechos de los niños.
La Corte Constitucional prohibió el matrimonio infantil en Colombia tras declarar inexequibles los artículos 117 y 124 del Código Civil. La decisión, basada en la ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, señala que esta práctica vulnera los derechos de los menores y perpetúa estereotipos de género.
El tribunal enfatizó que las uniones tempranas afectan el desarrollo de los niños y niñas, por lo que instó al Congreso a diseñar políticas públicas que prevengan esta práctica. Además, ordenó a la Defensoría del Pueblo identificar las regiones con mayor incidencia y realizar campañas pedagógicas.
La Procuraduría respaldó la medida, argumentando que el Estado debe garantizar la protección de los menores y eliminar toda forma de discriminación contra la mujer. Hasta ahora, la ley permitía el matrimonio desde los 14 años.