Conozca los requisitos y deberes que tiene que mirar a la hora de tener estos dispositivos de seguridad.
En los últimos años, el uso de circuitos cerrados se ha convertido en la herramienta predilecta de ciudadanos y comerciantes para combatir la inseguridad. Sin embargo, lo que muchos consideran una medida de protección personal puede derivar en graves problemas legales si no se respetan los límites establecidos por la Fiscalía General de la Nación y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
La instalación de cámaras no es un acto sin restricciones. De acuerdo con el marco legal vigente, el derecho a la seguridad no puede pasar por encima del derecho a la intimidad y al hábeas data.
La Fiscalía ha sido enfática en que el uso de estas grabaciones debe ser exclusivamente para fines de prevención y seguridad, y nunca para el monitoreo arbitrario de la vida privada de terceros.
Si usted posee cámaras en su hogar, conjunto residencial o establecimiento comercial, estas son las obligaciones ineludibles: