23 de Junio de 2016 a las 01:46 PM
Acuerdo sobre "Cese al Fuego y de hostilidades bilateral y definitivo"
Este es el comunicado de las delegaciones del gobierno colombiano y la guerrilla de las Farc.
La Habana, 23 jun (SIG). Las delegaciones del Gobierno Nacional y las FARC-EP queremos anunciar que hemos llegado a acuerdos en los siguientes puntos:
- Acuerdo sobre “Cese al fuego y de hostilidades bilateral y Definitivo y Dejación de Armas”
- 2. Acuerdo sobre “Garantías de seguridad y lucha contra las organizaciones criminales responsables de homicidios y masacres o que atentan contra defensores de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo, y la persecución de las conductas criminales que amenacen la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz.”
- 3. Acuerdo sobre “Refrendación” I. Acuerdo sobre Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo y Dejación de las Armas
- 1. Compromisos El Gobierno Nacional y las FARC-EP expresan su compromiso de contribuir al surgimiento de una nueva cultura que proscriba la utilización de las armas en el ejercicio de la política y de trabajar conjuntamente por lograr un consenso nacional en el que todos los sectores políticos, económicos y sociales, nos comprometamos con un ejercicio de la política en el que primen los valores de la democracia, el libre juego de las ideas y el debate civilizado; en el que no haya espacio para la intolerancia y la persecución por razones políticas. Dicho compromiso hace parte de las garantías de no repetición de los hechos que contribuyeron al enfrentamiento armado entre los colombianos por razones políticas.
- Por último, el Gobierno Nacional y las FARC-EP se comprometen con el cumplimiento de lo aquí acordado en materia de Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo y Dejación de las armas, para lo cual elaborarán una hoja de ruta que contenga los compromisos mutuos para que a más tardar a los 180 días luego de la firma del Acuerdo Final haya terminado el proceso de dejación de armas.
- 2. Objetivo
- El presente Acuerdo sobre Cese al Fuego y Hostilidades Bilateral y Definitivo y Dejación de las Armas tiene como objetivo la terminación definitiva de las acciones ofensivas entre la Fuerza Pública y las FARC-EP, y en general de las hostilidades y cualquier acción prevista en las Reglas que Rigen el CFHBD, incluyendo la afectación a la población, y de esa manera crear las condiciones para el inicio de la implementación del Acuerdo Final y la Dejación de las armas y preparar la institucionalidad y al país para la Reincorporación de las FARC-EP a la vida civil.
- 3. Monitoreo y Verificación
- Acordamos crear un Mecanismo de Monitoreo y Verificación que será un mecanismo tripartito, integrado por representantes del Gobierno Nacional (Fuerza Pública), de las FARC-EP, y un Componente Internacional consistente en una misión política con observadores no armados de la ONU integrada principalmente por observadores de países miembros de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC).
- El Componente Internacional preside en todas las instancias el Mecanismo de Monitoreo y Verificación y está encargado de dirimir controversias, presentar recomendaciones y generar reportes.
- Respecto a la Dejación de las Armas el Componente Internacional la verifica en los términos y con las debidas garantías establecidas en los protocolos del Acuerdo.
- 4. Adaptación de los dispositivos en el terreno
- A partir del día D+1 la Fuerza Pública reorganizará el dispositivo de las tropas para facilitar el desplazamiento de las estructuras de las FARC-EP a dichas Zonas y para el cumplimiento del Acuerdo sobre el Cese al fuego y Dejación de las Armas. Por su parte a partir del día D+5, las distintas misiones, comisiones y Unidades Tácticas de Combate (UTC) de los frentes de las FARC-EP se desplazarán hacia dichas Zonas previamente acordadas, siguiendo las rutas de desplazamiento establecidas de común acuerdo entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP.
- 5. Zonas Veredales Transitorias de Normalización (en adelante “Zonas”).
- El Gobierno Nacional y las FARC-EP acordamos establecer 23 Zonas Veredales Transitorias de Normalización y 8 Campamentos.
- Las Zonas Veredales Transitorias de Normalización tienen como objetivo garantizar el Cese al Fuego y Hostilidades Bilateral y Definitivo y la Dejación de las Armas e iniciar el proceso de preparación para la Reincorporación a la vida civil de las estructuras de las FARC-EP en lo económico, lo político y lo social de acuerdo con sus intereses.
- Estas Zonas son territoriales, temporales y transitorias. Cada Zona contará con Equipos de Monitoreo Local. Tendrán facilidades de acceso por vía carreteable o fluvial; sus límites corresponden a los de la vereda donde se ubican; pudiendo ser ampliados o reducidos por mutuo acuerdo dependiendo del tamaño de la vereda, tendrán una extensión razonable que permite el monitoreo y verificación y el cumplimiento de los objetivos de las Zonas, fijando como referente accidentes geográficos o características del terreno. La salida de combatientes de las FARC-EP de los campamentos se hará sin armas y de civil.
- El Gobierno Nacional y las FARC-EP se comprometen a que la implementación de este Acuerdo se realice sin ninguna limitación en el normal funcionamiento de las autoridades civiles no armadas, en el desenvolvimiento de la actividad económica, política y social de las regiones, en la vida de las comunidades, en el ejercicio de sus derechos; así como en los de las organizaciones comunales, sociales y políticas que tengan presencia en los territorios.
- Las autoridades civiles (no armadas) que tengan presencia en las Zonas permanecen y continuarán ejerciendo sus funciones en las mismas, sin perjuicio de lo acordado en el Cese al Fuego y Hostilidades Bilateral y Definitivo.
- Las Zonas no pueden ser utilizadas para manifestaciones de carácter político. Los (as) integrantes de las FARC-EP que en virtud de la ley de amnistía hayan sido beneficiados con la excarcelación, y así lo deseen, se integran a dichas zonas para seguir el proceso de reincorporación a la vida civil.
- Para este fin, dentro de las Zonas se organizan sitios de estadía por fuera de los campamentos. Durante la vigencia del Acuerdo sobre CFHBD y DA; las FARC-EP designa un grupo de 60 de sus integrantes (hombres y mujeres) que pueden movilizarse a nivel nacional en cumplimiento de tareas relacionadas con el Acuerdo de Paz.
- Así mismo, por cada Zona, las FARC-EP, designa un grupo de 10 de sus integrantes que puede movilizarse a nivel municipal y departamental en cumplimiento de tareas relacionadas con el Acuerdo de Paz.
- Para estos desplazamientos los integrantes de las FARC-EP cuentan con las medidas de seguridad acordadas con el Gobierno Nacional. En los campamentos no habrá ni podrá ingresar población civil en ningún momento. Durante la vigencia de las zonas se suspenderá el porte y la tenencia de armas para la población civil dentro de dichas Zonas.
- En caso de presentarse dentro de una Zona algún hecho o circunstancia que requiera la presencia de la Policía Nacional o cualquier otra autoridad armada del Estado se hace informando al Mecanismo de Monitoreo y Verificación, para que coordine el ingreso de acuerdo con los protocolos acordados por el Gobierno Nacional y las FARC-EP.
- La ubicación de los campamentos dentro de las Zonas se hará de forma que el Mecanismo de Monitoreo y Verificación pueda ejercer su función. En desarrollo del proceso de preparación para la reincorporación a la vida civil de sus combatientes, las FARC-EP en coordinación con el Gobierno Nacional, podrán realizar dentro de las Zonas todo tipo de capacitación de los integrantes de las FARC-EP en labores productivas, de nivelación en educación básica primaria, secundaria o técnica, de acuerdo con sus propios intereses, jornadas de cedulación y demás actividades de preparación para la reincorporación y otras actividades necesarias para facilitar el tránsito a la legalidad de las FARC-EP.
- 6. Zona de Seguridad Alrededor de cada Zona se establece una Zona de [13:12, 23/6/2016] +57 313 3914293: paramilitarismo de conformidad con lo establecido en el numeral 74 del acuerdo sobre la Jurisdicción Especial para la Paz. Esta Unidad contará con una unidad especial de policía judicial con expertos en distintas materias.
- 4. En desarrollo de lo acordado en el punto 2 “Participación Política”, la creación del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política que desarrollará un modelo de garantías de derechos ciudadanos y protección para los movimientos y partidos políticos, incluyendo el movimiento o partido político que surja del tránsito de las FARC-EP a la vida civil, organizaciones sociales, de derechos humanos y las comunidades en los territorios. El Sistema incluye la creación en la Unidad Nacional de Protección de un cuerpo mixto de protección para los integrantes de las FARC-EP en proceso de reincorporación a la vida civil.
- 5. Un Programa Integral de Seguridad y Protección para las comunidades y organizaciones en los territorios que tendrá como propósito la definición y adopción de medidas de protección integral para las organizaciones, grupos y comunidades en los territorios.
- El acuerdo incluye adicionalmente las siguientes medidas complementarias: · El diseño y puesta en marcha de una política de sometimiento a la justicia para las organizaciones objeto de este acuerdo.
- · La activación de un cuerpo élite de la Policía Nacional como instrumento para desarticular las organizaciones criminales objeto del acuerdo. · Instrumento de prevención y monitoreo de las organizaciones criminales: es un sistema de anticipación y prevención para la reacción rápida, que está orientado a garantizar una mejor identificación de las amenazas en los territorios y una acción con mayor impacto de la Fuerza Pública para contener esas amenazas.
- · Medidas de prevención y lucha contra la corrupción: dirigidas a fortalecer la transparencia institucional.