El organismo recomienda una serie de orientaciones para la disposición de cadáveres por la pandemia del coronavirus.
En el marco de la pandemia y la emergencia sanitaria, el Minsalud ha emitido lineamientos para el manejo de cadáveres por covid-19.
A causa de la pandemia del covid-19, Colombia, al igual que la mayoría de los países del mundo, suma varias muertes por esta enfermedad, es por eso que el Ministerio de Salud y Protección Social ha dispuesto de los lineamientos para el manejo, traslado y disposición final de cadáveres.
En principio, las orientaciones buscan que tanto el sector salud, funerario, las entidades territoriales y las autoridades locales realicen la coordinación, alistamiento y planeación, frente al manejo seguro y gestión del cadáver.
La comunidad debe tener en cuenta que el Ministerio contempla en sus orientaciones para covid-19 que la disposición final del cadáver será preferiblemente mediante cremación y solo en el caso en el que no se cuente con instalaciones para este procedimiento, se practicará la inhumación en sepultura o bóveda.
Otro aspecto es que en la eventualidad en el que un deceso por covid-19 ocurra en la vivienda, lo primero a realizar es la notificación a la secretaria de salud, para que esta realice la coordinación con la EPS respectiva y se efectúe el proceso de certificación del cadáver, toma de muestras, alistamiento y posteriormente entrega al servicio funerario.
En el caso de las velaciones, despedidas o ceremonias religiosas para fallecidos por covid-19, se deben evitar aquellos rituales fúnebres que conlleven reuniones o aglomeraciones de personas, teniendo en cuenta que el transporte, la cremación o inhumación se deben realizar en el menor tiempo posible y cumpliendo las medidas de bioseguridad y las orientaciones que establezcan el personal de salud y las administraciones de los cementerios.
En hospital o IPS privada
Señala el protocolo que se encuentra en el micrositio de coronavirus en www.minsalud.gov.co, que una vez ocurre el fallecimiento el médico tratante de la IPS debe certificar la muerte e informar a los familiares para que estos a su vez coordinen el servicio funerario.