El exalcalde de Bogotá solo podría asumir el cargo público si paga la totalidad de las condenas impuestas en su contra.
La decisión se tomó este miércoles en Sala Plena, según conoció W Radio, luego de que la Corte Constitucional votara a favor de mantener las inhabilidades para cargos públicos contra las personas que son condenadas fiscalmente por la Contraloría.
Lo anterior lo establecen dos artículos constitucionales (el 38 de la Ley 734 de 2002 y parcialmente la Ley 610 de 2000) que indican que una persona con este tipo de sanciones no puede ser contratado por el Estado.
Eso sucede en el caso de Gustavo Petro, a quien la Contraloría le impuso una multa de 217.000 millones de pesos por encontrarlo responsable fiscalmente al reducir las tarifas de Transmilenio, durante su mandato como alcalde de la capital, recordó Caracol Radio.
Sin embargo, esa sanción no ha quedado en firme porque fue suspendida por el Tribunal de Cundinamarca, agrega ese medio.
Pese a que el alto tribunal revisó una demanda del abogado de Petro, Dagoberto Quiroga, que argumentaba que las multas dictadas por la Contraloría no tiene carácter penal o disciplinario y por eso no debían afectar el derecho fundamental de acceder a la función pública, la Corte no favoreció esos argumentos, de acuerdo con La W.
Por su parte, El Tiempo asegura que el tribunal “consideró que se deben mantener esas inhabilidades como una forma efectiva de lucha contra la corrupción y la mala administración pública”.