26 de Febrero de 2017 a las 08:41 PM
Motocicletas exentas del ‘Pico y Placa’ en Villavicencio
La restricción de pico y placa para motos plantea varias excepciones, siempre y cuando se ciñan a las especificaciones del respectivo decreto.
El Decreto 010 del 2017, que estableció la medida del ‘Pico y Placa’ para motocicletas en Villavicencio, contempla que quedarán exentas de la restricción y cuyo control e imposición de comparendos las siguientes:
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Motocicletas pertenecientes a empresas dedicadas a los servicios de seguridad vigilancia privada o de escoltas, siempre y cuando estén prestando el servicio y plenamente identificados.
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Motocicletas cuya propiedad pertenezca a las Fuerzas Armadas, a la Policía Nacional y a la Fiscalía.
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Motocicletas dedicadas al control y vigilancia del tránsito y transporte, durante la prestación del servicio.
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Motocicletas pertenecientes a los organismos de socorro y de atención de emergencias, plenamente identificadas.
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Motocicletas en las que por necesidad en la prestación de un servicio sean autorizadas por la Secretaría de Movilidad, quien definirá las condiciones necesarias para la solicitud e inscripción de los vehículos que requieren excepción, los cuales deben pertenecer a la persona natural o jurídica en quien concurran las condiciones de excepción.
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Motocicletas vinculadas a establecimientos de comercio que ofrezcan el servicio de mensajería o domicilio debidamente identificadas con logos y/o distintivos pintados o adheridos de forma permanente al vehículo y/o en los cuales los conductores se encuentren debidamente uniformados e identificados como personal de los establecimientos mencionados, previa autorización de la Secretaría de Movilidad.
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Motocicletas de empresas de servicios públicos domiciliarios. Motocicletas destinadas o contratadas por las empresas de servicios públicos domiciliarios para el mantenimiento, instalación, y reparación de las redes de servicios públicos, siempre y cuando cuenten con plena y pública identificación, consistente en los logos de la empresa contratante pintados o adheridos de forma permanente, previa autorización de la Secretaría de Movilidad municipal.