La Cancillería elimina la renovación obligatoria del pasaporte para menores al cumplir 7 o 18 años. Aquí te contamos los cambios clave.
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia ha anunciado una nueva normativa que elimina la obligación de renovar el pasaporte para menores de edad al cumplir siete años o alcanzar la mayoría de edad. Este cambio modifica el artículo 15 de la Resolución 6888 de 2021, medida que ha estado suspendida de manera provisional desde 2021.
Con la nueva resolución, los pasaportes de menores seguirán vigentes hasta su fecha de expiración, salvo en casos específicos como pérdida, daños, vencimiento, falta de páginas disponibles, o necesidad de actualizar datos. Esta medida busca simplificar trámites, reducir costos y adaptarse a las necesidades de los ciudadanos.
El documento establece que el pasaporte solo será expedido en circunstancias precisas: por primera vez, cambio voluntario, rectificación de datos, daño o pérdida, falta de páginas, o sospecha de falsificación del documento, siempre que se presente una prueba sumaria.
La normativa también aclara que, en consulados, si un colombiano solicita un pasaporte por tercera vez en un año alegando hurto o pérdida, deberá presentar una denuncia formal apostillada o legalizada. Este requisito refuerza el control y la transparencia en el trámite del documento.
Actualmente, la obligación de renovación está suspendida gracias a la Resolución 9270 de 2022, que prorrogó la medida hasta el 13 de diciembre de 2024. Sin embargo, con la nueva resolución, esta suspensión será permanente, beneficiando a miles de familias en Colombia y en el exterior.
Los pasaportes continúan expidiéndose en oficinas habilitadas del Ministerio de Relaciones Exteriores en el país y consulados en el extranjero. La Cancillería asegura que la entrega del documento se realiza en un promedio de 48 horas en Colombia y 8 días hábiles en consulados, salvo situaciones excepcionales.