Ley seca, restricciones electorales y medidas de orden público regirán durante la segunda vuelta presidencial del 21 de junio.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0612 del 16 de junio de 2026, mediante el cual establece una serie de medidas especiales para garantizar el orden público y el normal desarrollo de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales y vicepresidenciales, programadas para el próximo 21 de junio.
La normativa contempla disposiciones relacionadas con la propaganda electoral, el equilibrio informativo, la movilidad, la seguridad, el transporte y las garantías para los ciudadanos que participarán en la jornada democrática.
Entre las medidas más relevantes se encuentra la implementación de la ley seca en todo el territorio nacional desde las 6:00 de la tarde del sábado 20 de junio hasta las 12:00 del mediodía del lunes 22 de junio. Sin embargo, gobernadores y alcaldes podrán ampliar este periodo si las condiciones de orden público así lo requieren.
Asimismo, el decreto prohíbe la difusión de propaganda política y electoral durante el día de las elecciones, incluyendo la publicación de encuestas, sondeos o proyecciones electorales a través de medios de comunicación. No obstante, se garantiza el ejercicio de la actividad periodística y la cobertura informativa de la jornada electoral.
Otra de las disposiciones establece que entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde del domingo 21 de junio estará restringido el uso de teléfonos celulares, cámaras fotográficas y equipos de video dentro de los puestos de votación. La medida busca proteger el secreto del voto y fortalecer la transparencia del proceso electoral.
El decreto también ratifica las garantías para las personas con discapacidad física o visual, quienes podrán ingresar al cubículo de votación acompañadas por una persona de confianza. Además, se prohíbe la contratación de los llamados “auxiliares electorales” o informadores en las inmediaciones de los puestos de votación.
En materia de movilidad, el Gobierno ordenó garantizar la prestación de los servicios de transporte público urbano, intermunicipal y rural para facilitar el desplazamiento de los ciudadanos hacia los centros de votación. De igual manera, se establece que no podrá prohibirse la circulación de motocicletas, incluso con acompañante, salvo situaciones excepcionales debidamente justificadas por razones de orden público.
Finalmente, el decreto ordena el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados en las fronteras del país desde las 6:00 de la tarde del sábado 20 de junio hasta las 6:00 de la mañana del lunes 22 de junio, como parte de las medidas de seguridad para la jornada electoral.
Con estas disposiciones, el Gobierno Nacional busca garantizar que la segunda vuelta presidencial se desarrolle en condiciones de seguridad, transparencia y plena participación ciudadana.