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Corte ordena a Petro retractarse por “muñecas de la mafia”

La alta corte dio a conocer el fallo completo que data de octubre pasado. A pesar de que han pasado seis meses, el presidente aun no se retracta.

Corte ordena a Petro retractarse por “muñecas de la mafia”
“Las periodistas del poder, las muñecas de la mafia, construyeron la tesis del terrorismo en la protesta y la criminalización del derecho genuino a protestar”. Esa frase estigmatizante, emitida el 30 de agosto de 2024 por el presidente Gustavo Petro, en plena posesión de la defensora del Pueblo Iris Marín, fue rechazada contundentemente por la Corte Constitucional, a través de la Sentencia SU-432 de 2025, la cual, aunque fue comunicada en octubre pasado, acaba de ser liberada con todo su contenido.
 
El documento de 88 páginas es la respuesta final y contundente de la justicia a una serie de acciones de tutela presentadas por el abogado Germán Calderón España, la organización El Veinte, la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) y un grupo de mujeres periodistas. Todos pidieron la protección de los derechos de las comunicadoras, quienes fueron señaladas, en su conjunto, como profesionales al servicio de poderes particulares, sin capacidad de decisión propia.
La Corte Constitucional reiteró durante toda la sentencia que las opiniones del presidente de la República no solo cruzaron un límite, sino que terminaron denigrando el cargo que el país le concedió. Asimismo, aunque al alta corte encontró que Petro emitió una especie de retractación, esta no fue suficiente, por lo cual se reitera la orden de que ofrezca excusas y en un espacio con la misma tribuna, como lo es una alocución presidencial.
 
Para empezar, la Corte Constitucional confirmó y detalló que el presidente de la República vulneró los derechos a vivir una vida libre de violencias, a la no discriminación y a la libertad de expresión de las mujeres periodistas. Incluso, que con su alocución creó una amenaza para el ejercicio de su profesión. La alta corte fue insistente en mencionar que, como jefe de Estado, Petro incumplió los deberes que su cargo le imponen.
 
“Como máxima autoridad, tenía un papel protagónico en la protección y promoción de los derechos fundamentales de los asociados. Al momento de su elección, el entonces candidato Gustavo Petro Urrego obtuvo un total de 11.291.986 votos (…) se trata de una autoridad con un gran poder de influencia y con capacidad para generar un ambiente favorable u hostil para el ejercicio de la labor periodística de las mujeres”, agregó la Corte, haciendo hincapié en que tiene más de 8,3 millones de seguidores en X, antes Twitter, donde fue replicada la frase.
 
De otro lado, la alta corte precisó que esta sentencia es importante, entre otras razones, porque las mujeres periodistas son personas de especial protección constitucional en Colombia. Por su condición de periodistas, como personas especialmente vulnerables a la violencia, y por ser mujeres, a quienes la Constitución les garantiza una protección adicional cuando son víctimas de cualquier tipo de afectación.
 
Para la Corte Constitucional, al asociar a las mujeres con “muñecas”, se transmitió el mensaje de que aquellas están al servicio de un tercero, sin capacidad de decisión ni agencia, como si fuesen mujeres serviles y funcionales para un propósito determinado, incluso en un contexto ilegal. Y recriminó al presidente por, en su supuesto intento por retractarse, dijera que “las periodistas no son muñecas de la mafia, pero la mafia ha tenido periodistas a sueldo”. Ello, en lugar saldar lo dicho en primer momento, reafirmó su postura inicial.
 
“Al tratarse de afirmaciones contentivas de estereotipos de género, estas no gozan de una justificación fáctica ni cumplen con la carga de razonabilidad, de ahí que, ni siquiera en el plano de las opiniones, sean admisibles o puedan pasar desapercibidas al catalogarse como ‘simples opiniones’ sin impacto en los derechos y libertades de los sujetos sobre los que recae tal opinión”, agrega la alta corte.
 
Si bien la Corte Constitucional reconoció que lo expresado por el presidente Petro se enmarca en los niveles de la opinión, el contexto en el que fue pronunciada la frase no cambia en nada su carácter estigmatizante, ni mucho menos su impacto negativo. Los magistrados concluyeron que sobre Petro recae un deber de diligencia reforzada para prevenir actos de discriminación y violencia en contra de las mujeres periodistas.
 
“Este tipo de expresiones, provenientes por parte del presidente de la República, son inadmisibles, pues con estas se contrarían los postulados constitucionales de igualdad y protección a la mujer, así como los mandatos y obligaciones internacionales del Estado para el respeto, garantías y protección de la dignidad de la mujer, en general, y de las periodistas, en particular”, concluyó la alta corte.