¡Bienvenid@s!

Colombia libera del SOAT a ciertos vehículos eléctricos

La Ley 2486 exime a algunos vehículos eléctricos del SOAT, pero impone estrictas normas para su circulación.

Colombia libera del SOAT a ciertos vehículos eléctricos

Foto: Bluradio
En Colombia ya está en vigencia la Ley 2486 de 2025, que introduce un cambio relevante en la movilidad urbana: ciertos vehículos eléctricos livianos podrán circular sin el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), siempre que cumplan requisitos técnicos precisos. La medida, aplaudida por quienes ven en ella un impulso a la movilidad sostenible, también despierta preocupación por sus posibles riesgos en seguridad vial.

De acuerdo con la norma, estarán exentos del SOAT, matrícula y licencia de conducción los medios de transporte individuales impulsados por motor eléctrico cuya potencia nominal no supere los 1.000 vatios, y cuyo peso total, incluida la batería, no exceda los 60 kilogramos o, en caso de superarlo, no puedan sobrepasar los 40 km/h. Entre ellos se incluyen bicicletas eléctricas, patinetas eléctricas y dispositivos similares.

Pese a la exención, la ley establece reglas claras para su operación. El límite de velocidad será de 25 km/h en ciclo-infraestructura y 40 km/h en vías permitidas. Los conductores deberán usar casco certificado, prendas retrorreflectivas en horario nocturno y contar con iluminación delantera y trasera. Está prohibido circular por andenes, zonas peatonales y la Red Vial Nacional, salvo excepciones específicas para bicicletas eléctricas.

Las sanciones por incumplir las normas incluyen multas de hasta seis salarios mínimos legales diarios vigentes y, en algunos casos, la inmovilización del vehículo. Además, la edad mínima para conducir en vías es de 16 años; los menores de 12 a 16 solo podrán hacerlo en espacios habilitados para bicicletas.

El Ministerio de Transporte tendrá un año para definir los parámetros técnicos que clasificarán a un vehículo como eléctrico liviano de movilidad personal, así como las especificaciones de seguridad, los requisitos para transportar pasajeros y las condiciones de uso recreativo o deportivo. También se exigirá que fabricantes y proveedores garanticen repuestos y que se incorporen estos vehículos en la normativa de manejo de residuos eléctricos y electrónicos.

Tomado de Bluradio