Con la Ley 2387 de 2024, los alcaldes del Meta pueden aplicar medidas preventivas para frenar daños ambientales y proteger los recursos naturales.
Las alcaldías de los municipios del Meta están autorizadas para imponer medidas preventivas inmediatas en casos de afectación ambiental flagrante, según lo establece la Ley 2387 de 2024. Así lo informó Cormacarena, al destacar que esta herramienta legal permite a los mandatarios locales actuar de manera directa para proteger el patrimonio natural de sus territorios.
Entre las acciones permitidas están el decomiso, la aprehensión de elementos y la suspensión de actividades o intervenciones que pongan en riesgo los recursos naturales. Estas decisiones buscan prevenir daños irreparables y permitir una reacción temprana y eficaz frente a posibles afectaciones ambientales.
“Con esta ley, los alcaldes no solo pueden, sino que deben actuar frente a situaciones que amenacen el ambiente”, señaló Ronal Lozano, subdirector de Autoridad Ambiental de Cormacarena, al enfatizar el alcance de esta nueva normativa.
Una vez aplicadas las medidas, Cormacarena continúa con los procesos sancionatorios, ya que conserva la competencia exclusiva en esa materia. Este trabajo articulado entre autoridades locales y ambientales pretende mejorar la gestión ambiental en el departamento.