Si vendió su vehículo y no formalizó el traspaso, tiene hasta el 6 de agosto de 2025 para evitar sanciones legales y económicas.
La Secretaría de Movilidad de Bogotá lanzó una advertencia urgente a quienes hayan vendido su carro o moto y no formalizaron el cambio de propietario. Hasta el 6 de agosto de 2025 estará habilitado el trámite de traspaso a persona indeterminada, una alternativa que desvincula al vendedor de toda responsabilidad legal relacionada con el vehículo. Este proceso se ampara en la Resolución 20223040044765 del Ministerio de Transporte y será suspendido después de esa fecha.
Más de 4.400 ciudadanos han solicitado este trámite en 2025, una cifra que revela cuán común es omitir el traspaso al vender un vehículo. Sin embargo, no hacerlo puede traer consecuencias graves: desde sanciones económicas por comparendos o impuestos impagos, hasta vínculos con siniestros viales o procesos judiciales si el automotor se ve implicado en delitos. La medida busca blindar a los antiguos propietarios de este tipo de responsabilidades.
El traspaso a persona indeterminada puede solicitarse solo si han pasado al menos tres años sin contacto con el nuevo poseedor del vehículo. Para acceder a este mecanismo, el solicitante debe cumplir varios requisitos: presentar una declaración juramentada, estar a paz y salvo por impuestos y multas, contar con SOAT y revisión técnico-mecánica vigentes, y demostrar que el vehículo no tiene medidas cautelares.
El costo del trámite varía según el tipo de vehículo. Para automóviles y maquinaria el valor es de $213.200, mientras que para motocicletas asciende a $119.800. La diligencia puede realizarse en cualquiera de las 19 sedes de la Ventanilla Única de Servicios en Bogotá, previa cita programada en línea.
Además de evitar sanciones, este proceso ofrece beneficios como la protección del historial crediticio del vendedor, la actualización del estado patrimonial ante la DIAN y la tranquilidad de no responder por usos indebidos del vehículo vendido. La Secretaría reiteró la importancia de cumplir con esta gestión para evitar consecuencias futuras.
En paralelo, también se recordó a los ciudadanos que cualquier traspaso formal de propiedad requiere documentación como el contrato de compraventa, improntas, paz y salvo de impuestos, afiliación al RUNT y demás requisitos exigidos por la ley.